VII CONVENCION para la REGATA INGENIEROS - DEUSTO
1.- La Regata será anual y se celebrará en primavera .
2.- El campo de regatas será la Ría de Bilbao.
3.- Las embarcaciones serán del tipo olímpico de ocho remeros y timonel.
4.- Todos los miembros de la tripulación , incluido el timonel, serán elegidos de conformidad con lo que establece el documento Anexo a la Convención. Son además candidatos aptos aquéllos que de mutuo acuerdo sean aceptados por los Presidentes de ambos Clubs. Los entrenadores, si los hubiere, no serán profesionales.
5.- Ningún premio se concederá al vencedor ni se permitirá el cruce de apuestas entre los Clubs contendientes.
6.- Los únicos interlocutores válidos en cuestiones reglamentarias serán los Presidentes de ambos Clubs.
7.- El Club Promotor de la Regata Ingenieros-Deusto (PRIDE) será el único responsable de la organización y dirección de la Regata. El PRIDE puede delegar en la Federación de Remo la responsabilidad de nombrar un árbitro que actúe como juez de la Regata.
8.- Será responsabilidad del Arbitro la colocación de los botes-baliza para la salida (o la alineación de las embarcaciones si se optara por la modalidad de salida "libre a flote").
9.- La tripulación que no resultó vencedora en la Regata del año anterior tendrá derecho a elegir orilla . Los botes-baliza no podrán ser movidos después de dicha elección, salvo acuerdo en común.
10.- El Arbitro será el encargado de dar la salida y el responsable de que ésta se efectúa correctamente.
11.- Si el Arbitro considera incorrecta la salida procederá a anularla y llamará de nuevo a las tripulaciones a la línea de salida.
12.- El Arbitro velará por la no interferencia de las embarcaciones seguidoras , que se mantendrán por popa y a tres largos como mínimo de la embarcación que aquél ocupe.
13.- Son aguas propias de cada embarcación las que se extienden desde su orilla hasta el centro del cauce; son aguas ajenas el resto.
14.- Se llama rumbo debido a cualquier rumbo que pueda adoptar una embarcación, incluso fuera de sus aguas propias, siempre que no limite en ningún momento a su oponente en las suyas.
15.- Corresponde al Arbitro la responsabilidad de juzgar el mantenimiento del rumbo debido y el respeto a las aguas ajenas.
16.- Es falta mayor cualquier contacto deliberado entre las embarcaciones, los remos o los componentes de ambas tripulaciones en el curso de la Regata. Lo es igualmente la obstrucción deliberada, aun cuando no se haya producido contacto.
17.- En caso de falta mayor el Arbitro podrá descalificar a la tripulación infractora, bien por iniciativa propia o bien a petición de la tripulación perjudicada. Para el veredicto será decisiva la posición de las embarcaciones en aguas propias o ajenas. La descalificación podrá ser decretada en cualquier momento desde que se haya producido la infracción hasta poco después de finalizar la Regata.
18.- Es falta simple cualquier incorrección no constitutiva de falta mayor, cometida antes, durante o inmediatamente después de la Regata. El retraso en la presentación a la salida, la reincidencia en las salidas anticipadas, la negativa a seguir las instrucciones del Arbitro o a aceptar sus decisiones, etc. son ejemplos de falta simple.
19.- En caso de falta simple el Arbitro podrá aplicar sucesivas sanciones temporales acumulables, cada una de ellas de veinte segundos, que se sumarán al tiempo final registrado por el infractor.
20.- El Arbitro procurará poner al momento en conocimiento del sancionado la sanción temporal decretada contra él.
21.- El Arbitro puede advertir a las tripulaciones si estima que existe riesgo de falta mayor o simple, o si observa la presencia de cualquier obstáculo en el recorrido.
22.- El Arbitro puede declarar nula la Regata y ordenar su repetición si se produce inundación, hundimiento o accidente serio en cualquier embarcación antes de recorrido el primer cuarto de milla, o una interferencia decisiva de cualquier agente externo en algún punto del recorrido.
23.- Las tripulaciones actuarán bajo propia responsabilidad cuando adopten un rumbo debido del que pueda derivarse una falta mayor y siempre que abandonen las agua propias.
24.- Las decisiones del Arbitro han de ser acatadas sobre el terreno sin discusión y sólo podrán ser recurridas ante el PRIDE.
Anexo a la VII Convención
En la presente y trigésima edición de la Regata Ingenieros - Deusto se considera aptos para intervenir como miembros de las tripulaciones de ambos centros a los siguientes candidatos:
a) Los alumnos de grado (de 2º curso o de cursos superiores)
b) Los titulados universitarios (de cada centro en su centro)
Los candidatos para esta edición procederán de los siguientes orígenes:
INGENIEROS
E T S I de Bilbao
E U de Ingeniería Técnica Industrial de Bilbao
Facultad de Informática
E U P S de San Sebastián
DEUSTO
Universidad de Deusto. Campus de Bilbao
Universidad de Deusto. Campus de San Sebastián
|